viernes, 4 de diciembre de 2009

Clases de derecho... El Belo al servicio de la comunidad.

Pues como no tengo nada interesante que escribir, decidí hacer un post de clases de derecho; sé que es algo que a nadie le interesa pero pues ni modo, se me secó el cerebro para esto de postear.

Más bien, mi cerebro entró en una pausa. por lo que una vez que le dé "play" de nuevo se acordará de las cosas más absurdas, sin interés y aburridas que me pasaron y que me gusta compartir con todos.

En fin: Clases de derecho.

Niños, pongan atención... hoy les hablaré de amparo EN FORMA GENÉRICA, sin entrar en detalles. No de Amparo Montes ni de Amparo Rubí, sino del Amparo, sí ese que te ayuda cuando estás a punto de entrar al "torito" por lo del alcoholímetro, o porque te están metiendo al bote por una orden de aprehensión u orden de comparecencia o te dictaron un auto de formal prisión o te clausuraron tu negocio o no sé, mil casos que te pueden servir con el Amparo.

En principio, el amparo no es un recurso, sino que es un juicio. Nos sirve para limitar el exceso de poder de los entes que tienen el carácter de autoridad, nos sirve para que obliguemos a la autoridad a que ajuste su actuar a la Constitución. Por eso, el amparo es una garantía constitucional, porque además de velar por nuestros derechos previstos en la Constitución ayuda a preservar el orden constitucional, manteniendo a las autoridades de gobierno a raya, sin que se pasen con nosotros. Por ello, el amparo sólo procede contra actos de autoridades.

Toda autoridad para emitir sus actos debe ajustarse a la Constitución, generalmente al artículo 16 constitucional cuando se trata de un acto que molesta tu domicilio, persona, papeles, etc. o al artículo 14 constitucional si lo que busca es privarte de algún derecho como tu libertad, tu vida, tus propiedades o posesiones.

Ojo, la autoridad SÍ puede realizar cualquier acto de molestia o de privación, siempre y cuando se ajuste a lo precetuado en esos artículos... entendieron? Si no se ajustaron entonces nos vamos al amparo a pedir que se violó en nuestro perjuicio las garantías consagradas en esos artículos, esto es, le decimos al Juez Federal que nos quieren quitar el coche, la libertad o cualquier cosa o que nos quieren molestar con una visita domiciliaria, una clausura provisional, una revisión de nuestros papeles de la empresa o negocio, etc. sin que la autoridad haya cumplido con esos requisitos.

Fácil no? Entendieron?

Noooooo? me vale, prosigo y eso les pasa por no poner atención.

Si cumplió la autoridad con los requisitos nos negaran el amparo y si no, nos otorgaran el amparo.

Lo que les acabo de decir se oye muy fácil, pero es harto dificil. Otro día, que no estén tan cansados ocupados les hablo de los principios que rigen el juicio de amparo y de la suspensión de los actos reclamados. Ante quien promover el amparo, los tipos de amparo que hay, su trámite y demás cuestiones que es bueno saber.

Bien, con esto acaba esta clase. Pueden despertar, salir a recreo o buscar otro blog más interesante... Snif.

11 comentarios:

aLe dijo...

mira que bien!!! nunca habia entendido eso del amparo se me hacia como que era solo para los maleantes que no que no querian que los metieran al "bote", pero ya entendi ^^

Anónimo dijo...

yo si entendí profe Belo!!!
gracias!
cuando era niña y escuchaba que iban a sacar un Amparo me imaginaba que iban a sacar a mi abuelita (que asi se llamaba) de su casa para que los defendiera!
a la niñez!!
oiga? no va a dejar tarea??

Missx dijo...

Funciona igual con el "amparo de dios"? Ya ves que luiego decimos " que diosss me ampare" de que escuela se graduaria? Es abogado!!! Cobrara caro?.

Sabes, si las personas conocieramos un poquito de las garantias q nos asisten en el derecho, habria menos actos injustos en su contra.

Desafortunadamente reparamos solo en ilustrarnos cuando el problema esta encima.

Aun asi, amen por el amparo que formulan las leyes del hombre y el de dios y el universo tambien.

Voy al recreo porque tengo haaarta hambre.

Abrazos

Rotter dijo...

Yo no entendi, soy un idiota para estas cosas de derecho D:!

Mejor escucho musica jajajajaja


Gracias por tus comentarios que has dehjado belo, ya ando acá de vuelta chido en el blooooog

gusto leerte

Diana. dijo...

siii es bueno saber de Derecho..
sigue con tus clases,
quiero sacarme 10!!

saludos!!

Un chico de Lima dijo...

genial saber de derecho aunque sea un poquito...

MiHita dijo...

Muy mal señor Belo.... antes de exponer su sapiencia debe pasar a la dirección ((léase mi blog)) para que le autorice el plan de clase, hacer las observaciones pertinentes del método pedagógico, los materiales didácticos y la metodología implícita tanto en el propósito de la lección como en el contenido del eje temático...

que sea la última vez...y no me salga con que el sindocato lo defiende bla bla bla... a mi me viene guango :)

sindocato es como sindicato...pero con menos miembros ...así escribo sindicato los viernes :)

Mafalda dijo...

excelente post... sabes que yo creía que era solo un mero recuerso para detener lo inevitable... un besote mijo y grax por el conocimiento adquirido.=D

Anónimo dijo...

hahaha, si me quieren quitar la torta en el recreo puedo pedir un amparo?

Rufianes!

Saludos, que chido q regresaste

Verdaderoyo dijo...

Esto me gusta mi estimado.

Muy interesante explicación para aquellos que somos un tanto neófitos con cuestiones de leyes y esas cosas . . .

Espero que haya más clases como esta . . .

Saludos.

Anónimo dijo...

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